Artículo publicado en la Revista de Estudios Políticos número 19, Enero/Febrero 1981, páginas 81 a 106.
PROPIEDAD INDIVIDUAL Y «SOCIALISMO REAL» (*)
Por MANUEL B. GARCÍA ALVAREZ
Los manuales de Derecho político que se utilizan en los países socialistas suelen incluir unas páginas dedicadas a demostrar el carácter «ficticio» de las Constituciones vigentes en las democracias liberales. Se afirma que éstas esconden la explotación de los trabajadores y la dictadura de la burguesía tras los principios formales de la democracia burguesa, siendo así que en realidad se proponen fortalecer la propiedad capitalista de los medios de producción (1).
En el mismo sentido, se acusa a los teóricos «burgueses» de mantener una noción de propiedad neutral, independiente de la existencia de clases; una noción de propiedad que hace abstracción tanto del destino económico de los bienes objeto de aquélla como de los sujetos de la misma propiedad(2). Se añade que en este punto la más decisiva contribución del marxismo habría sido precisamente el afirmar que la propiedad representa una relación social (gesellschaftliche Verhaltnis), es decir, no una relación aislada hombre-cosa, sino, y a priori, una relación social (3), la cual históricamente
habría ofrecido diversos tipos, dependientes del grado de desarrollo de las fuerzas de producción, siendo a su vez determinante el tipo de propiedad a la hora de la existencia de clases sociales, así como cuál de las clases sociales sea la que tenga el poder. Para Marx, las relaciones de propiedad, como elemento decisivo de las relaciones de producción explican las diferentes épocas económicas de la estructura social, en cuanto que los cambios que se operan en las relaciones de propiedad condicionan los
cambios en las relaciones de clase y de poder. En este sentido pueden distinguirse a lo largo de la historia dos tipos básicos de propiedad: la propiedad privada, cuya existencia explicaría la división de la sociedad en clases antagónicas, así como la explotación de las restantes clases por la clase o clases propietarias de los medios de producción, y la propiedad social, la cual supondría una posición de igualdad de los individuos ante
los medios de producción, al tiempo que da lugar a la aparición de relaciones
colectivistas de cooperación y ayuda mutua, según las diversas formas que han venido dándose a través de los siglos (propiedad comunal primitiva, propiedad del clan, de las cooperativas, estatal, etc.) (4).
La contradicción entre el carácter social de la producción y el tipo de propiedad privada de los medios de producción sería lo que hace necesario la existencia de un orden social socialista en el que desaparezca la explotación. No se trata de entrar ahora a analizar si efectivamente en dichos países se ha llevado a cabo una transformación de la propiedad privada en propiedad social, o si, al contrario, tan sólo se ha operado una transformación
de aquélla en propiedad pública, a través de su nacionalización (5);
DESCARGA DEL ARTÍCULO COMPLETO AQUÍ:propiedad individual y socialismo real